¿Qué es la consulta a los pueblos indígenas?

La consulta a los pueblos indígenas es un mecanismo de participación basado en el Diálogo entre el Estado y los pueblos indígenas; ante todo es un derecho de los pueblos indígenas y un deber del Estado que proviene del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, que surge cada vez que se adoptan medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarlos directamente.

Según la propia OIT, el deber de consulta previa es la piedra angular del Convenio 169, deber que irradia todas sus normas y que supone una forma específica por la que el estado se relaciona con los pueblos indígenas.

Como indica el Convenio 169, el objetivo de todo proceso de consulta a los pueblos indígenas es “llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas -administrativas o legislativas- propuestas”.

Esto supone el diseño de un proceso que permita proveer de información a los pueblos indígenas sobre las materias susceptibles de afectarles directamente, para que ellos, a través de sus instituciones representativas y por medio de procedimientos adecuados, asuman en una instancia de deliberación interna una postura respecto de la medida consultada, para que en un proceso de diálogo con el gobierno se busquen acuerdos de forma tal que los pueblos indígenas puedan influir en la misma.

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